Jornada Técnica Empresarial del Ozono en España

Jornada Técnica Empresarial del Ozono en España

Jornada Técnica Empresarial del Ozono en España organizada por la Asociación Española del Ozono

OZONO: HORIZONTE 2024


JORNADA TÉCNICA EMPRESARIAL

Viernes, 25 de noviembre de 2022
Sede de CEIM - Salón José María Cuervo
Diego de León, 50 - Madrid

09:00

Apertura de la sala/entrega de acreditaciones

09:30

Inauguración:

  • Excmo. Sr. D. José Luis Martínez-Almeida Navasqüés, alcalde de Madrid.
  • Sr. D. Miguel Garrido de la Cierva, presidente de la CEIM Confederación Empresarial de Madrid-CEOE.
  • Sr. D. Ángel Sereno Marchante, presidente de Ozono España.
10:00
Situación actual de los biocidas generados in situ en España

Sra. Dª. Ana de Rivas Bravo. Unidad de Evaluación de Sustancias Activas Biocidas de la Subdirección General de Sanidad Ambiental y Salud Laboral. Dirección General de Salud Pública. Ministerio de Sanidad.

10:40
La inspección en el ámbito de los biocidas generados in situ.

Sra. Dª. Raquel Doménech. Sociedad Española de Sanidad Ambiental (SESA).

11:15
Registro de productos de generación in situ: ozono de acuerdo con el Reglamento Europeo de Biocidas (BPR). Requisitos.

Sr. D. Raúl Polo y D. Carlos Arbués. NordiiK. Regulatory & Compliance Services.

12:00

Pausa café

12:30
Experiencia en el uso del ozono como coadyuvante tecnológico y su importancia en la industria alimentaria

Sra. Dª. María Paz Villalba Talens. Calidad y Conservación de Producto. Instituto Tecnológico Agroalimentario (AINIA)

12:50
I+D en aplicaciones no biocidas de Ozono España. Mesa redonda: ozono en cámaras frigoríficas, lavanderías, etc.
  • Sr. D. Joan Plana (ASET CONSULTORÍA)
  • Sra. Dª. María Paz Villalba Talens, Instituto Tecnológico Agroalimentario (AINIA)
  • Sr. D. Andrés Sánchez, responsable de usos no biocidas de Ozono España.
13:30

Clausura

Clausura: Mr. Mike Prince. Presidente de la Asociación Europea de Fabricantes de Ozono (EuOTA)

El uso del ozono como desinfectante frente al Covid-19 que ha generado un conflicto en Salamanca

Caza de brujas emprendida contra el ozono – Noticia Diario Salamanca24horas.com

Caza de brujas emprendida contra el ozono. En relación con el artículo aparecido en su periódico, “El uso del ozono como desinfectante frente al Covid-19 que ha generado un conflicto en Salamanca”, firmado por J. Soria, como parte interesada, y dado que perjudica a nuestros intereses tanto como favorece los de las empresas de químicos a las que se ha dado voz, queremos hacer una serie de puntualizaciones a las observaciones -evidentemente parciales- que estas han vertido en dicho artículo y que detallamos a continuación “por orden de aparición”:

1.- El uso del ozono no tiene por qué “conllevar un problema”, como dicen, si es aplicado correctamente por profesionales cualificados y los generadores utilizados son de una de las empresas fabricantes que aparecen en la lista del Ministerio.

Comienza el citado artículo hablando de los “problemas que puede conllevar” el uso del ozono. El uso del ozono no tiene por qué “conllevar un problema”, como dicen, si es aplicado correctamente por profesionales cualificados y los generadores utilizados son de una de las empresas fabricantes que aparecen en la lista del Ministerio.

Es obvio que cualquier biocida, en concentraciones altas, como es el caso de los de uso profesional, representa un riesgo si es mal utilizado. Así, los mismos problemas que puede provocar el mal uso del ozono, los puede ocasionar la aplicación de productos químicos, más tóxicos que el ozono, por parte de oportunistas no formados, por mucho que dichos productos estén en una lista del Ministerio, como se empeña en remarcar la Asociación Nacional de Empresas de Control de Plagas (ANECPLA) que el Sr. Soria cita como fuente.

Hasta la actualidad, y durante años, las empresas de ozono y las de Control de Plagas hemos coexistido sin problemas, debido a que nuestros campos de acción eran complementarios, ya que, tradicionalmente, las empresas de Control de Plagas (antes conocido como DDD: Desinsectación, Desratización y Desinfección) se incluían mayoritariamente en las dos primeras “Des”, al no ser la desinfección ambiental obligatoria para los locales de uso público.

Queremos recalcar que hay una diferencia notable, en lo que a desinfección se refiere, entre las empresas asociadas a ANECPLA, y las empresas de nuestra Asociación, OZONO ESPAÑA: nosotros llevamos décadas dedicados a la profesionalización de la desinfección con ozono, tanto en ambientes interiores como en higiene alimentaria, pasando por la potabilización del agua de consumo.

Nuestras empresas no han nacido con la pandemia actual, no somos principiantes en materia de desinfección, como es el caso de la mayor parte de empresas de Control de Plagas, centradas mayoritariamente, como decimos, en el exterminio de roedores e insectos y que, al “ponerse de moda” -por desgracia- la desinfección de ambientes por el maldito coronavirus, han visto ampliado su campo de acción y de negocio, a la vez que han percibido a nuestras empresas, verdaderos especialistas en este campo, como competidores a batir.

2.- Ningún desinfectante ha sido probado contra el virus de la COVID-19

Dicen que “El problema viene cuando el ozono no ha sido verificado aún por la Unión Europea como eficaz contra el Covid-19, según denuncian los profesionales y empresas que utilizan desinfectantes tradicionales”.

Como muy bien saben estos profesionales (o deberían), ningún desinfectante ha sido probado contra el virus de la COVID-19, por el riesgo que ello implica. Lo que sí es cierto es que el ozono, al ser un biocida generado in situ, no estaba contemplado en la anterior directiva de biocidas, y que la regularización que vino a implantar el nuevo Reglamento de Productos Biocidas, el Reglamento (UE) nº 528/2012, ha contemplado este tipo de productos, por lo que en la actualidad el dossier del ozono como sustancia activa biocida, presentado en el año 2015, está en proceso de evaluación; según el mismo Reglamento estipula, durante el periodo de evaluación (periodo transitorio), el ozono puede seguir usándose “como hasta la fecha” (es decir, como se lleva usando más de un siglo).

Por su parte, el Ministerio de Sanidad, indica lo mismo, como bien dicen ustedes, siempre que la empresa fabricante o comercializadora esté notificada según la Disposición Transitoria segunda del RD 1054/2002 y que se respeten las medidas de seguridad correspondientes.

3.- Las motivaciones son más políticas que de otra índole

En cuanto al tema de la sanción que la Xunta de Galicia ha propuesto para Sarria (Lugo), a la que hacen mención, a poco que profundicen en el tema, comprobarán que las motivaciones son más políticas que de otra índole, ya que la Junta no puede ignorar que, dado que el ozono está en periodo transitorio, para su uso no hace falta, de momento, que las empresas aplicadoras estén inscritas en el ROESB, como Ozono España ya ha hecho notar a la propia Xunta de Galicia.

4.- Los bomberos utilizan estos “cañones de ozono” equipados con las pertinentes medidas de seguridad

Evidentemente, al ser partes interesadas, tanto la credibilidad de ANECPLA como la de OZONO ESPAÑA pueden parecer comprometidas, pero que las empresas salmantinas dedicadas a servicios de desinfección pongan en duda la del Cuerpo de Bomberos de su ciudad, cuestionando el trabajo que viene realizando, y que ello se deba, como también apostillan en el artículo, a que “además les están quitando una sustancial porción de trabajo”, nos parece cuando menos, improcedente.

Resulta poco creíble la idea de que gente tan preparada para situaciones de peligro y emergencias como los bomberos, haga mal uso de los generadores de ozono, o desconozca, como sugieren las empresas salmantinas de ANECPLA, cuáles son los EPIs apropiados para cada ocasión. Máxime cuando saben fehacientemente que, en el caso de la desinfección con ozono, son innecesarios, a diferencia de si se usan otros biocidas, ya que no hace falta que haya operarios presentes en el recinto a desinfectar con ozono, por ser el tratamiento programable y completamente automatizado. No obstante, como se indica en el artículo, “Los bomberos utilizan estos “cañones” equipados con las pertinentes medidas de seguridad”, lo que hace aún más injustas las acusaciones de las empresas de ANECPLA.

Dudo mucho que haya, en estas empresas a las que se hace referencia a lo largo del artículo, ninguna con personal más formado y capacitado que el Cuerpo de Bomberos, como muy bien explica don Luis Damián Ramos, jefe del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento de Salamanca, a quien se da voz en el artículo, al decir: “Por lo tanto, lo que hacen los bomberos es dejar la máquina funcionando con un temporizador en un espacio en el que no haya nadie y esperar posteriormente el tiempo prudencial previamente establecido a partir del estudio del plano del edificio en cuestión”.

Las palabras del jefe de bomberos hacen por completo prescindibles las manifestaciones del señor Monge, presidente de ANECPLA, que dice “verse con la responsabilidad de recordar que este producto (el ozono) no puede aplicarse en presencia de personas, los aplicadores han de contar con los equipos de protección adecuados, ha de ventilarse previamente el lugar a desinfectar antes de su uso, además de que puede reaccionar con sustancias inflamables y producir reacciones peligrosas al contacto con otros productos químicos”, advertencias que, por otra parte, ya constan en los manuales de los equipos, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad, y conocen de sobra los bomberos, según se constata en las palabras de D. Luis Damián Ramos, perfectamente formado y capacitado para el uso de estos equipos, que el Cuerpo lleva usando, como él mismo indica, desde 2017, en contra de lo que afirman desde ANECPLA desacreditando su capacitación.

Por otra parte, no comprendemos bien que el Sr. Monge no se vea en la responsabilidad de recordar que los productos viricidas utilizados por las empresas de Control de Plagas y registrados en el Ministerio de Sanidad como de uso profesional, tampoco pueden ser usados en presencia de personas, que los aplicadores deben utilizar, asimismo, equipos de protección adecuados (sin existir la posibilidad de automatizar las aplicaciones), y que se deben guardar los plazos de seguridad apropiados antes de volver a ocupar el recinto tratado.

También debería recordarnos que, en muchos casos, según la toxicidad de dichos productos químicos, es necesaria una limpieza posterior para retirar los residuales depositados en las superficies, cosa innecesaria en el caso del ozono, que no deja residuales de ningún tipo al descomponerse en oxígeno.

De hecho, el señor Monge seguramente no ignora que, en la nota del Ministerio sobre el uso del ozono se dice que “el Ministerio advierte que el ozono al igual que otros biocidas no debe usarse en presencia de personas”, etc.

5.- El ozono no se “diseñó” para la desinfección de aguas residuales, como se indica, aunque se emplea muy eficazmente en este campo, sino que se utilizó en un principio para la potabilización de agua de consumo humano, a finales del siglo XIX.

En cuanto a las palabras de don Javier García Palomo, bioquímico y asesor en gestión de riesgo biológico, puntualizar que el ozono no se “diseñó” para la desinfección de aguas residuales, como él indica, aunque se emplea muy eficazmente en este campo, sino que se utilizó en un principio para la potabilización de agua de consumo humano, a finales del siglo XIX.

Asimismo, el señor García afirma que el uso biocida del ozono no cuenta con estudios para desinfección aérea. Es falso que no se conozcan las dosis necesarias para garantizar la eficacia viricida del ozono, ya que, fuera del nuevo reglamento, existen infinidad de estudios y publicaciones científicas (aparte de la experiencia en la aplicación de un producto que lleva más de cien años en el mercado) sobre los mecanismos de acción del ozono, las dosis y los tiempos necesarios para sus distintas aplicaciones.

La opinión del señor García nos merece todos los respetos. Es, de hecho, tan respetable como la del Ilmo. Sr. D. Ricardo Díaz Martín, decano del Colegio de Químicos de Madrid, especialista en Prevención de Riesgos y catedrático en ingeniería química en la UDIMA, que contradice las afirmaciones del primero en el artículo publicado por Newtral.es con fecha 2 de junio, titulado «Por qué el ozono se puede vender como desinfectante ambiental si aún no está reconocido en Europa como biocida”.

En este artículo, el Prof. Dr. D. Ricardo Díaz dice que: “según el RPB el empleo de ozono está perfectamente autorizado durante el periodo transitorio de evaluación” y que “el simple hecho de que se acepte la evaluación por la ECHA exige cumplir unos requisitos muy exigentes que implican la presentación de pruebas que demuestren fehacientemente su eficacia como biocida cumpliendo estándares concretos y ensayos realizados por laboratorios acreditados en las normas de referencia”.

Es decir, que para plantearse la evaluación esta institución ya sabía y sabe que, por ejemplo, “el ozono es un desinfectante efectivo tanto para su aplicación en agua como para el aire (desinfección ambiental)”, de ahí que se permita también su comercialización en este ámbito.”

Ver el artículo completo en: https://www.newtral.es/ozono-desinfectante-ambiental-venta-legal-biocida/20200602/

No entramos, insisto, a considerar la opinión de SESA a la que hacen referencia desde ANECPLA (ambas asociaciones estrechamente vinculadas) o del Sr. García Palomo, que son tan respetables como la que expresa el catedrático Díaz Martín y de cuya solvencia no se puede dudar.

6.- Una cosa es denunciar la mala praxis, que por desgracia se da en todos los ámbitos, y otra arremeter, por intereses mercantilistas, contra empresas solventes que ven, una vez más, menoscabado su trabajo de décadas en favor de las empresas de productos químicos.

Por último, Monge asegura que “no podemos dejar pasar por alto los posibles efectos adversos que el uso del ozono para desinfección puede provocar: lesiones sobre el aparato respiratorio, irritación de la piel y daño ocular”.

Nos parece muy oportuna esta advertencia que, como decimos, se hace constar en los manuales de uso de los equipos de ozono como prescribe el Ministerio de Sanidad. Asimismo, nos parecería igual de oportuno que comentara los posibles daños que pueden provocar los productos que usan sus asociados, y que vienen reflejados en las fichas de seguridad de esos productos dada su toxicidad. En efecto, mal usados, estos biocidas son tan peligrosos o más que el ozono sin control.

Una cosa es denunciar la mala praxis, que por desgracia se da en todos los ámbitos, y otra arremeter, por intereses mercantilistas, contra empresas solventes que ven, una vez más, menoscabado su trabajo de décadas en favor de las empresas de productos químicos.

Ángel Manuel Sereno Marchante

Presidente de Ozono España

Ver artículo publicado por el Diario de Salamanca: https://www.salamanca24horas.com/texto-diario/mostrar/2164323/ozono-como-desinfectante-frente-covid-19-generado-conflicto-salamanca

Sanidade propone sanción al Concello de Sarria por la desinfección con ozono

Caza de brujas emprendida contra el ozono – Noticia El Progreso

La más moderna de todas las meigas sobrevuela la actualidad montada en tres átomos de oxígeno: la “caza de brujas” emprendida contra el ozono arrecia. Sí, parece ser que “Haberlas, haylas”.

Así, desde el mes de marzo pasado, las empresas fabricantes y comercializadoras de ozono hemos sido sufridos receptores de ataques periódicos, por parte de ciertas asociaciones de empresas de control de plagas, lamentablemente secundadas en ocasiones por algunas Administraciones, tratando de desacreditar el uso del ozono en la desinfección. En las últimas semanas parece que se ha vuelto a levantar la veda.

En estas circunstancias, leemos con estupor su artículo de 30 de octubre, firmado por Ana Casanova en el medio El Progreso titulado: Sanidad propone sanción al Concello de Sarria por la desinfección con ozono, en el que relatan que la Consejería de Sanidad gallega pretende sancionar al Concejo por la desinfección de establecimientos de la villa con ozono, y sin encontrarse registrada en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB) de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Queremos suponer que se trata de una equivocación, y así se lo hemos manifestado ya a la Xunta de Galicia, puesto que de todos es sabido (o debería serlo, al menos a ciertos niveles) que este Registro no acepta inscripciones de empresas de ozono, al no estar este aún incluido en el ROB. Hecho que, por otra parte, no impide su uso, siempre siguiendo las pautas establecidas por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

Por si fuera de su interés, en el siguiente enlace pueden acceder al listado del Ministerio de Sanidad en el que figuran las empresas de ozono, fabricantes y comercializadoras: https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/prodQuimicos/sustPreparatorias/biocidas/docs/listaozono.pdf 

En efecto, aunque hay quien parece ignorarlo, ya sea por falta de información o por intereses que nada tienen que ver realmente con el ozono, la actual regulación de biocidas permite su utilización, ya que en el momento presente este se encuentra en evaluación como sustancia activa en la Unión Europea, según dispone el Reglamento (UE) n º 528/2012 (BPR), permitiéndose, a la espera de finalizar este proceso, su comercialización siempre que se respeten las medidas de seguridad correspondientes, aplicándose la legislación nacional contenida en los Reales Decreto 3349/1983 y 1054/2002.

Por tanto, mientras se termine la evaluación europea, en lo que se denomina periodo transitorio que se recoge en el Anexo V del BPR, existe autorización para su utilización y comercialización, debiendo cumplirse, como único requisito, la notificación de comercialización y puesta en el mercado ante la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación (DGSPCI) del Ministerio de Sanidad.

Desde Ozono España, asociación que reúne a las empresas fabricantes y comercializadoras de ozono de nuestro país, queremos poner de manifiesto la confusión y los graves daños que este tipo de actuaciones generan, tanto en la ciudadanía como en el sector, reclamando por parte de una prensa que debe ser plural, un poco más de rigor en sus informaciones, dando voz a todas las partes implicadas en la problemática que se presenta. Hasta la fecha, ninguna publicación ha intentado siquiera recabar la opinión o los argumentos de nuestro sector.

La noticia publicada por ustedes ha preocupado hondamente a las empresas de nuestra asociación que, una vez más, ven menoscabado el trabajo de décadas (ya que este sector no consta únicamente de oportunistas y diletantes surgidos a raíz de la actual pandemia, como se podría colegir de las informaciones que suelen leerse en la prensa) en favor de las empresas de productos químicos.

Como indican al final de su artículo, Sanidad no entra a valorar si el uso del ozono es correcto o no, y la única falta que encuentran es, como decíamos, que el Concello hizo la desinfección sin figurar inscrito en el registro correspondiente”, ¡en el que no tiene que registrarse si usa únicamente ozono! Si no fuera tan dañino para el sector, e incluso para los ciudadanos, sería motivo de risa. O de vergüenza. Porque esta actuación sólo puede achacarse, como ya hemos dicho, a la ignorancia o a la mala fe (que igual de grave sería en ambos casos), o a una combinación de ambas; además de resultar de una incongruencia notable cuando, en la misma página web de la Junta de Galicia se publican notas de prensa anunciando la desinfección de vehículos públicos (de Protección Civil y GES) con ozono por parte de diferentes Delegaciones Territoriales de la Junta.

Consideramos inadmisible, pues, la pretensión de que el Concejo de Sarria pida disculpas públicamente por usar ozono en la desinfección, cuando únicamente está cumpliendo con su obligación de trabajar por la seguridad de su villa con las herramientas que considera más seguras, asequibles y eficaces dentro de la legalidad, sin mediar ningún tipo de accidente, daño o mal uso, que nos conste.

En caso contrario, si hubiera habido daños de cualquier naturaleza, nos parecería más que legítimo que se le exija pedir públicas disculpas, al igual que esperamos que se les exija a todos aquellos que hayan hecho mal uso de cualquier producto químico distinto del ozono que haya podido causar daños personales. Curiosamente, de estos casos sí que tenemos noticia, sin que hasta el momento nadie haya exigido ningún tipo de disculpa. La mala praxis, por desgracia, se encuentra en todas las disciplinas, sin que por ello se deba criminalizar la tecnología o el producto en sí.

Por todo lo anterior, solicitamos de su periódico que publique esta carta, confiando en que sigan proporcionando información completa y documentada a los ciudadanos en una situación tan extraordinaria como la que seguimos viviendo, y quedamos a su entera disposición.

Un cordial saludo.

Ángel Manuel Sereno Marchante

Presidente de Ozono España

Ver artículo publicado por el progreso: https://www.elprogreso.es/articulo/sarria/sanidade-propone-sancion-concello-sarria-desinfeccion-ozono/202010302008181467416.html